lunes, 10 de marzo de 2008
martes, 12 de febrero de 2008
TALLER PARA VOCALES DE ORGANIZACIÓN Y PRENSA Y PROPAGANDA
COALICIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONFIANZA DEL IMSS (CNTCIMSS)
TALLER PARA VOCALES DE ORGANIZACIÓN Y
PRENSA Y PROPAGANDA
2 Y 3 DE FEBRERO 2008
09:00-17:00 HRS.
PROGRAMA
Tronco Común
- Análisis de coyuntura: contexto de la política laboral del país
- Tipos de organización y su relación
- Experiencias organizativas: los casos del sindicato de confianza del IPN, sindicato de INEA y Colegio de Bachilleres
Vocales de Organización
- Conformación y fortalecimiento de una organización
- Resolución de conflictos
Vocales de Prensa y Propaganda
- Cómo redactar sin dolor
- Análisis de contenido
- Estrategias de información
ANÁLISIS DE COYUNTURA
Perspectivas para México
Un Análisis de Coyuntura es una metodología que nos permite ahondar en los procesos económicos, políticos y sociales del presente, del momento actual.
Para un movimiento social, sindical o político un análisis de coyuntura le permite ubicar su correlación de fuerzas en relación con su adversario o sus posibles aliados a través de revisar la situación del capitalismo mundial y las políticas económicas que de acuerdo a sus intereses de ellos emanan y los gobiernos de derechas están aplicando en sus países, cuál es la táctica y estrategia que deben realizar y el cambio de escenarios que se pueden ir dando.
Para ello es fundamental allegarnos de información de la prensa nacional e incluso internacional, de análisis ya realizados sobre diferentes tópicos tanto de universidades como los que producen las mismas organizaciones políticas y sociales
Es importante analizar y explicar con paciencia los procesos, porque estos no son blancos o negros, sino que hay una serie de matices que es necesario analizar para evitar el reduccionismo de que jamás se podrá ganar una lucha porque ellos tienen la fuerza, los medios y nosotros somos débiles no contamos con nada. Ejemplo jamás se podrá vencer al PRI, seremos incapaces de ganar esta lucha porque ellos cuentan con todos los medios y el poder.
Iniciaremos con la situación internacional, continuamos asistiendo a una crisis orgánica del capitalismo que implica un desempleo permanente y crisis económicas cada vez más profundas como la que inicia en este periodo coyuntural
Soros el gurú del capitalismo ha dicho en Davos, donde se reúnen las grandes potencias imperialistas para discutir sus políticas económicas, que asistiremos a la más grande crisis del capitalismo desde la segunda guerra mundial y que el dólar va a perder el protagonismo en los mercado mundiales, en términos generales a esa conclusión llegaron los participantes.
Soros Fundamentalismo de mercado, decir que el mercado es el que regula o autorregula la economía.
Crisis orgánica del capitalismo, implica desempleo permanente, que millones en todo el mundo tengan que vivir con menos de un dólar, en tanto un puñado de países acumulen la mayor riqueza del mundo.
Un ejemplo claro es México con más de 50 millones que viven en la pobreza, tenemos al hombre más rico del mundo.
A nivel mundial intentan a través del FMI llevar a cabo un programa económico de capitalismo salvaje, en donde haya muy porca o nula inversión en el sector social y que lo que lo producido en el país lo utilicen para pagar las deudas contraídas por gobiernos corruptos, como el Fobaproa y la deuda externa.
La política que llevan a cabo los países imperialistas no sólo es económica, sino militar que se dice que es la continuación de su política. Con el pretexto de parar el terrorismo EU junto con sus aliados invadieron Afganistán y uds han visto que hayan detenido a Ben Laden!!!.
El objetivo principal de la invasión a Irak fue por el control geopolítico que implica controlar las zonas petroleras. Es Irak el país que más reservas petroleras tienen y le siguen los Emiratos Árabes. A EU le diagnosticaron reservas de aquí a 10 años, ahí está la esencia de la invasión y no el terrorismo o la democracia Desde entonces el precio del barril del petróleo ha estado imparable y ha llegado a los casi 100 dólares cuando antes de la guerra estaba en menos de 30 dólares
El caso de Irak resulta contundente ahora se reconoce públicamente que Bush y todo su gobierno, mintió a todo el mundo, al decir que había armas de destrucción masiva en Irak cosa que no han encontrado por ningún lado.
La guerra ha sido una derrota para EU que ha tenido que regresar a muchos de sus soldados muertos, una buena parte de ellos eran latinos. Después de que se viviera una guerra de guerrillas por la resistencia iraquí.
Así en muchos países se realizaron grandes manifestaciones donde salieron millones y aun cuando parecía que no se les hizo caso en España en las elecciones el pueblo le cobro a la derecha su participación en la guerra.
La guerra ha afectado la economía norteamericana que ha jugado el papel de motor de la economía norteamericana, no podemos decir que es consecuencia directa de la misma pero si ha contribuido se han gastado millones en esta.
La actual debacle económica inició con la crisis hipotecaria en EU y que contagió países europeos. Ahora, si bien todavía no hay recesión porque implica más de dos trimestres sin crecimiento económico, si hay una gran desaceleración el ultimo trimestre creció solo .6%, es una cifra muy baja que está arrastrando a todos los países y aún más a los del tercer mundo como México.
Un claro ejemplo de la crisis lo vemos en el lunes negro el 21 de enero, donde hubo una caída masiva de las bolsas de valores y que lograron frenarlas con la intervención de los gobiernos de las principales potencias.
De ahí que la conclusión en Davos fue el de un negro panorama con la recesión en Estados Unidos arrastre la economía mundial. Volatilidad en los mercados financieros, contracción del crédito mella en la confianza de la élite económica y política. En última instancia una gran desaceleración.
El pronóstico de crecimiento de la economía de Estados Unidos para 2008, redujo de
El crédito juega un papel relevante en los ciclos económicos.
Los fundamentalistas de mercado, dice el magnate de 77 años, creen que los mercados financieros actúan o se mueven al equilibrio y al interés común.
“Este es un error conceptual obvio, porque fue la intervención de las autoridades lo que impidió que los mercados financieros colapsaran, no los propios mercados
Las principales bolsas europeas cerraron con pérdidas, cuando el Dow Jones del mercado de Nueva York llevaba una baja de 1.47 por ciento. La de Francfort cayó 4.88 por ciento; París, 4.25; Madrid, 4.56, mientras la bolsa de Londres, que está fuera de la zona euro, descendió 2.28 por ciento.
Política internacional EEUU en encuesta 70% de norteamericanos reprueban el mandato de Bush. Una derrota la guerra de Bush.
América Latina…
México
Política del gobierno de Calderón: Continuidad de la política de capitalismo salvaje con una enorme represión.
No atiende al TLC y sus pobres y negativos resultados, ha dejado en abandono total al campo y ha hecho emigrar a más millones de campesinos, hacia el norte con lo que implica la construcción del muro fronterizo.
Existe un déficit en la balanza comercial.
Reforma a la ley del ISSTE
Todo para cumplir con el pago del Fobaproa y la deuda externa, cuando EEUU es el más grande deudor que no paga cada año sus deudas lo que mencionaba Stiglitz premio Nóbel de economía y que sabe de los entresijos de FMI ya que trabajó ahí lo peor es que intenten que las economías pequeñas apliquen estos programas neoliberales
Gasolinazo aumento en oleadas de los bienes básicos, mientras ha habido un raquítico
aumento de 2 pesos al salario mínimo
Reforma de Calderón Falacia de que con eso el país crecerá y se desarrollará, aun cuando así fuera no está planteando ningún tipo de inversión social, los trabajadores del IMSS lo están viendo con los recortes en sus secciones donde está parado todo y apuestan al seguro popular que sabemos es la privatización del servicio.
Las reformas son la judicial, energética (revisar lo de Argentina con de
Cambio del gabinete Mouriño e intereses extranjeros con manos en PEMEX.
Se prevé un raquítico crecimiento del 2%.
SINDICALISMO
Los últimos 1 de mayo han sido unitarios entre las fuerzas sindicales que pesan (UNT, FSM, SME IMSS) Vemos luchas prolongadas con presión hacia los dirigentes obligados a ir hacia la izquierda (el IMSS y Vega Galina) con solidaridad activa y unidad de acción sindical de otras fuerzas. Es el camino de la lucha defensiva a la ofensiva. Vean su caso que todavía no se ha dado el golpe pero que no esperan para ello y que con la organización se ha logrado frenar un duro golpe.
El corporativismo ya no le es útil a un gobierno de derecha como el actual, ahora está llevando a cabo una ofensiva frontal para arrebatar las conquistas de los trabajadores una de ellas fue la reforma a las jubilaciones y pensiones que se aprobó el 5 de agosto de 2004.
Eso explica que antiguos sindicalistas inmersos en esta dinámicas hayan recurrido a la conformación de
Sindicatos IPN. Junta Federal de Conciliación y arbitraje otorgó el 29 de octubre de 2007 la toma de nota al sindicato Nacional de Trabajadores del IPN, SNTIPN líder Silvio Lira Mójica. Hay dos sindicatos nace con 4500 afiliados aunque lo presentaron con 88 trabajadores. Claro después de 2 o 3 años de lucha.
El decretazo de SHCP dejaría sin prestaciones a los empleados públicos de confianza.
Va a depender del nivel de lucha de los trabajadores el que este decreto se aplique en las revisiones contractuales en las que se intente quitar la cláusula correspondiente en el Contrato Colectivo de Trabajo. De acuerdo a Néstor de Buen. No se presenta una situación fácil, es un panorama incierto que dependerá de la lucha de los trabajadores para defender sus derechos,
Decreto: Trabajadores de confianza del sector público tanto del apartado A como del apartado B. Se quitan todas las prestaciones económicas y en especie contenidas en los contratos colectivos de Trabajo en las condiciones Generales de Trabajo en la Administración Pública federal
Constituye una violación a
Es una resolución fiscal cuando es una disposición laboral. Lo aplicarán en las revisiones contractuales.
Es un desmantelamiento de los derechos de los trabajadores que se lograron con luchas importantes.
Lo aplican para el ahorro del gasto público. Imagínense con la recesión o desaceleración, con una contracción de la economía mexicana, buscarán recursos hasta por debajo de las piedras y no titubearían en aplicar el decreto en el IMSS, no habrá mejor defensa que la organización la unidad de acción con otras organizaciones y un plan de acción claro y contundente para frenar estos golpes a los trabajadores.
Mientras que los directivos del IMSS tiene salarios de 200 mil a 100 mil eso si que es un despilfarro.
La flexibilidad laboral es precariedad laboral.
Sólo el 19% de trabajadores está sindicalizado.
Mientras la canasta básica aumento 35% en tan solo una semana.
Si se cuenta con mucho con la fuerza cuantitativa y moral, la organización y la decisión de tener luchas no se perderá todo lo que se ha ganado y es el futuro de nuestras familias.
Los compañeros que estén interesados por este material se lo pueden pedir a su Delegado o a su Vocal de Prensa de su Estado.
jueves, 7 de febrero de 2008
TALLER LABORAL PARA VOCALES DE LA COALICION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
COALICION NACIONAL DE TRABAJADORES DE CONFIANZA DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
¿ CUALES SON MIS DERECHOS COMO TRABAJADOR DE CONFIANZA ?
TALLER LABORAL PARA VOCALES DE
CNTCIMSS
Fecha; 12 y 13 de enero del 2008
INICIO: SABADO 12 A LAS 10:00 HORAS
I.- Presentación y lista de asistentes
II.- Bienvenida a cargo del Comité Nacional del CNTCIMSS
De las 11:00 a 12:00
III.- Movimiento obrero
- Antecedentes del movimiento
- Estado actual
- Perspectivas
- Preguntas y respuestas del Tema
De 12:00 a 13:00 Horas
IV.- Derechos y Obligaciones de los Trabajadores de CONFIANZA
- Estabilidad
13:00 a 14.00
RECESO - COMIDA
De las 14:00 a 15:00
V.- TRABAJADORES DE CONFIANZA
- Definición
- Derechos
De las 15:00 a 16:00 Horas
V. RELACIONES LABORALES
- Tipos de contrato
- Duración del contrato
- Formas de terminarlo
De las 16:00 en adelante
RESUMEN Y ACLARACION
DOMINGO 10:00 a 14: 00 HORAS
De 10:00 a 11:00
VI.- COALICION
- Antecedentes
- Estado actual
Preguntas del tema
De 11:00 a 12:30 Horas
VII.- VOCAL LABORAL
Atribuciones del vocal laboral
CLAUSURA
- Resumen General
- Palabras del Comité Ejecutivo Nacional
COMIDA
CUALES SON MIS DERECHOS COMO TRABAJADOR DE CONFIANZA
TRABAJADOR EN GENERAL:
Artículo 8. Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Para los efectos de esta disposición, se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.
TRABAJADOR DE CONFIANZA:
Artículo 9. La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.
PATRÓN:
Artículo 11. Los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.
¿COMO SURGE UNA RELACIÓN DE TRABAJO?
Artículo 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.
CONTRATO:
Artículo 21. Se presume la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.
DURACION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO:
Artículo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Artículo 36. El señalamiento de una obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.
Artículo 37. El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley
Artículo 39. Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
CONDICIONES DE TRABAJO
Artículo 24. Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables.
Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.
Artículo 25. El escrito en que consten las condiciones de trabajo deberá contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón ;
II. Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado;
III. El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinarán con la mayor precisión posible;
IV. El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo;
V. La duración de la jornada;
VI. La forma y el monto del salario;
VII. El día y el lugar de pago del salario;
VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en esta Ley; y
IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan al trabajador y al patrón.
Artículo 26. La falta del escrito a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará al patrón la falta de esa formalidad.
Artículo 27. Si no se hubiese determinado el servicio o servicios que deban prestarse, el trabajador quedará obligado a desempeñar el trabajo que sea compatible con sus fuerzas, aptitudes, estado o condición y que sea del mismo género de los que formen el objeto de la empresa o establecimiento.
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES:
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:
I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos;
II. Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa o establecimiento;
III. Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calida, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquellos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo;
IV. Proporcionar local seguro para la guarda de los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador, siempre que deban de permanecer en el lugar en que prestan los servicios, sin que sea licito al patrón retenerlos a titulo de indemnización, garantía o cualquier otro. El registro de instrumentos o útiles de trabajo se deberá hacerse siempre que el trabajador lo solicite;
V. …
VI. Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose del maltrato de palabra o de obra;
VII. Expedir cada 15 días, a solicitud de los trabajadores, una constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido;
VIII. Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de tres días, una constancia escrita relativa a sus servicios;
IX. Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales a que se refiere el artículo 5º de
DERECHO DE PREFERENCIA:
Artículo 154.
COALICION:
Artículo 354.
Artículo 355. Coalición es el acuerdo temporal de un grupo de trabajadores o de patrones para la defensa de sus intereses comunes.
SINDICATO:
Artículo 356. Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
Artículo 357. Los trabajadores y los patrones tienen el derecho de constituir sindicatos, sin necesidad de autorización previa.
Artículo 359. Los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción.
Artículo 360. Los sindicatos de trabajadores pueden ser:
I. Gremiales, los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad;
II. De empresa, los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa;
III. …
IV. …
V. De oficios varios, los formados por trabajadores de diversas profesiones.
Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de 20.
REQUISITOS PARA FORMAR UN SINDICATO
Artículo 364. Los sindicatos deberán constituirse con 20 trabajadores en servicio activo o con tres patrones, por lo menos. Para la determinación del número mínimo de trabajadores, se tomará en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del periodo comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del sindicato y la que se otorgue a este.
Artículo 365. Los sindicatos deben registrarse en
I. Copia autorizada del acta de la asamblea constitutiva;
II. Una lista con el número, nombre y domicilio de sus miembros y con el nombre y domicilio de los patrones, empresas o establecimientos en los que prestan los servicios ,
Copia autorizada de los estatutos , y
III.
IV. Copia autorizada del acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva.
Los documentos a que se refieren las fracciones anteriores seran autorizados por el Secretario General, el de Organización y el de actas, salvo, lo dispuesto en los estatutos,
Articulo366. El registro podrá negarse únicamente:
I. Si el sindicato no se propone la finalidad prevista en el artículo 356;
II. Si no se constituyo con el número de miembros fijados en el artículo 364; y
III. Si no se exhiben los documentos a que se refiere el artículo anterior.
Satisfechos los requisitos que se establecen para el registro de los sindicatos, ninguna de las autoridades correspondientes podrá negarlo.
Si la autoridad ante la que se presento la solicitud de registro, no resuelve dentro de un término de 60 días, los solicitantes podrán requerirla para que dicte resolución, y si no lo hace dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, se tendrá por hecho el registro para todos los efectos legales, quedando obligada la autoridad, dentro de los tres días siguientes, a expedir la constancia respectiva.
Artículo 367.
Artículo 368. El registro del sindicato y de su directiva, otorgado por
ATRIBUCIONES DEL SINDICATO
Artículo 374. Los sindicatos legalmente constituidos son personas morales y tienen capacidad para:
I. Adquirir bienes muebles;
II. Adquirir los bienes inmuebles destinados inmediata y directamente al objeto de su institución; y
III. Defender ante todas las autoridades sus derechos y ejercitar las acciones correspondientes.
Artículo 375. Los sindicatos representan a sus miembros en la defensa de los derechos individuales que les correspondan, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente, cesando entonces, a petición del trabajador, intervención del sindicato.
Artículo 376. La representación del sindicato se ejercerá por su secretario general o por la persona que designe su directiva, salvo disposición especial en los estatutos.
Los miembros de la directiva que sean separados por el patrón o que se separen por causa imputable a éste, continuarán ejerciendo sus funciones salvo lo que dispongan los estatutos.
OBLIGACIONES DE LOS SINDICATOS:
Artículo 377. Las obligaciones de los sindicatos:
I. Proporcionar los informes que le soliciten las autoridades del trabajo, siempre que se refieran exclusivamente a su actuación como sindicato;
II. Comunicar a la autoridad ante la que estén registrados, dentro de un término de 10 días, los cambios de su directiva y las modificaciones de los estatutos, acompañando por duplicado copias autorizadas de las actas respectivas; y
III. Informar a la misma autoridad cada tres meses, por lo menos, de las altas y las bajas de sus miembros.
Artículo 378. Queda prohibido a los sindicatos:
I. Intervenir en asuntos religiosos; y
II. Ejercer la profesión de comerciantes con animo de lucro.